Las medidas cautelares innominadas en la legislación Colombiana
DOI:
https://doi.org/10.5377/derecho.v0i27.9258Palabras clave:
medidas cautelares, innominadas, procesoResumen
En el precedente normativo de la legislación procesal colombiana se encuentra en el libro cuarto del Código de Procedimiento Civil, las medidas cautelares de embargo y secuestro, estas eran los principales mecanismos que aseguraban la pretensión. Con la puesta en vigencia del Código General del Proceso nacen las medidas cautelares innominadas, estipuladas en el artículo 590 en su literal C del cuerpo legal en comento. Es notable un avance legislativo en materia procesal, ya que se le da la facultad al Juez para que a petición de parte decrete medidas diversas a las ya estipuladas para procesos declarativos. De ello suscita la siguiente interrogante ¿Cuál es la importancia procesal de las medidas cautelares innominadas en la legislación colombiana? El objetivo radica en identificar la utilidad de su regulación y qué elementos el juez debe tener en cuenta al momento de realizar el decreto de la medida innominada, sin que en algún momento llegue a ser arbitraria y hacer más gravosa la situación del demando, e incluso se le vean vulnerados derechos.