El proceso monitorio en el sistema jurídico nicaragüense
DOI:
https://doi.org/10.5377/derecho.v0i26.8948Palavras-chave:
Deudor, proceso monitorio, prueba documental, oposición, ejecuciónResumo
El Código Procesal Civil de Nicaragua (Ley No. 902) introdujo el proceso monitorio, aplicable a las reclamaciones de dinero, en cantidad líquida, vencida, y exigible. Es un procedimiento sencillo y ágil, al que pueden acudir los acreedores que dispongan de un principio de prueba documental del crédito que se pretende. Su fin es obtener un título ejecutivo de manera más rápida de lo que supone seguir un proceso declarativo. Este trabajo investigativo expone los principales fundamentos del proceso monitorio, con relación a los requisitos de admisión del requerimiento de pago, la posición que adopta el deudor y que tiene un efecto jurídico, como puede ser el despacho de la ejecución por la cantidad adeudada, así como la oposición que dará lugar a conocer otro procedimiento como es el juicio sumario.